Orígenes del Cumplimiento y su Llegada a México

El surgimiento de la labor del cumplimiento normativo, o compliance, en México no es un fenómeno reciente; sin embargo, enfrenta el desafío de lograr un entendimiento cabal sobre su naturaleza, contexto de origen y diferencias fundamentales entre la práctica local y la de sus pioneros anglosajones.

Según Michael Josephson, un antecedente del compliance que resulta fundamental es la firma en 1977 de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA, por sus siglas en inglés), que estableció la responsabilidad empresarial para prevenir actos de soborno y corrupción. Otro antecedente importante y posiblemente el origen formal del compliance como profesión, de acuerdo con la perspectiva de Alison Taylor, profesora adjunta de la Escuela de Derecho de Fordham en Nueva York, se remonta a 1987 con la creación de las Pautas Federales de Sentencia para Organizaciones (FSGO, por sus siglas en inglés).

Las FSGO impulsaron el desarrollo de políticas y procedimientos actuales para que las organizaciones cumplan con las leyes y normas y adhieran a principios éticos que salvaguarden la integridad del sistema financiero de EE. UU., en respuesta a eventos de esa década. Estos requisitos originaron la figura del responsable de asegurar el cumplimiento, el oficial de cumplimiento.

Dicha figura tendría como responsabilidad revisar o redactar códigos de conducta, políticas y procedimientos, programas de capacitación, evaluaciones de riesgos y establecer líneas directas de denuncia.

Estos antecedentes nos llevan a reflexionar si las funciones normativas que recaen actualmente sobre el oficial de cumplimiento (o compliance officer), que tienden a estar enfocadas hacia la prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo (PLD/FT), contemplan también la prevención de actos de soborno y/o corrupción en las organizaciones, programas de ética/conducta o exposición a sanciones internacionales.

En efecto, la normatividad actual, como la que rige para instituciones de crédito, establece funciones y obligaciones mínimas para el oficial de cumplimiento, pero no limita su campo de actuación, lo que permite abordar de manera holística delitos financieros, ética y conducta, entre otros aspectos.

Comprender los orígenes del compliance es esencial para orientar el futuro de la profesión, enfocándose en temas urgentes como la innovación y la era digital, que conllevan desafíos en protección de datos personales, ciberseguridad y entendimiento de nuevas tecnologías, como la cadena de bloques (o blockchain), contratos inteligentes y monedas virtuales, entre otros.


Referencias

  1. Society of Corporate Compliance & Ethics, History of the Integrity, Ethics and Compliance Movement: A cautionary tale for CEOs and corporate directors, Michael Josephson.
  2. Compliance Officer Day, The Future of Ethics and Compliance, Alison Taylor.
  3. Disposiciones de Carácter General a que se refiere el Art. 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.
  4. Carta de las Naciones Unidas Art. 39 y 41.

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